twitter

miércoles, 10 de septiembre de 2014

El Gobierno no subirá los impuestos que le pide la OCDE



-  El organismo propone alzas en el IVA y el IBI y la supresión total de la deducción por vivienda lo que, a juicio del Ejecutivo, frenaría la recuperación.
El Gobierno no cambiará su reforma fiscal: adoptar las medidas que pide la OCDE frenaría el proceso de recuperación iniciado en España, aseguran fuentes del Ministerio de Hacienda. Esta postura ya quedó ayer de alguna manera evidenciada cuando le preguntaron al ministro de Economía, Luis de Guindos, si el Gobierno pensaba incluir alguna de las sugerencias del organismo internacional, como el alza del IVA, en la reforma tributaria. El ministro respondió que el Gobierno ya ha aprobado «muchas medidas».
Se refirió a la reforma del IRPF, que reducirá las retenciones de muchos trabajadores («especialmente a los sueldos medios y bajos», apuntó) a partir del 1 de enero de 2015; y a la tarifa plana de 100 euros para la contratación indefinida. Según De Guindos, la combinación de ambas medidas permite reducir la cuña fiscal (la diferencia entre lo que le cuesta a una empresa tener a un trabajador y lo que este se lleva a casa) en un 30% para el salario medio, que cifró en 25.000 euros anuales.
Y es que la OCDE -organización que agrupa a los países más industrializados del mundo-, que elevó sus previsiones de crecimiento para España al 1,2% y 1,6% este año y en 2015, considera que uno de los terrenos donde hay más margen para impulsar la actividad económica es el campo fiscal, según el último informe sobre la situación de la economía española. Aunque valora que la reforma tributaria aprobada en junio por el Gobierno (ahora en trámite parlamentario) «va en la dirección adecuada», entiende que «se podría hacer más para dar prioridad al empleo y mantener una distribución justa» de la carga de los impuestos. La OCDE cree que la reforma fiscal se queda corta y pide que se suban varios impuestos.
En concreto, solicita que se suba el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ampliando la base impositiva del tipo general y eliminando los tipos reducidos, salvo para bienes de primera necesidad como los alimentos, con el objetivo de que no golpee a las rentas más bajas. Para mitigar el daño de esta medida en un sector clave como el turismo, la OCDE propone que se reduzcan las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores con menor cualificación de forma permanente, «lo que impulsaría la creación de empleo».
Otras medidas fiscales que estimularían el crecimiento, según Gurría, serían aumentar los impuestos verdes y sobre bienes inmuebles (IBI), así como «ampliar la base impositiva del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta». Además, la OCDE pide que se revise la fiscalidad de las SICAV y que se suprima la deducción por compra de vivienda habitual «para quienes adquirieron sus viviendas antes de enero de 2013». Esta medida supondrá un coste de 1.800 millones en 2014 y solo «beneficia a un grupo de hogares», explica.

El reto del paro

Para el secretario general de la OCDE, el mayor reto de España es que «los casi seis millones de desempleados vuelvan al trabajo». En esta tarea, Gurría insistió en que hay que «potenciar» las políticas activas de empleo. España está poniendo en marcha medidas para mejorar la competencia de los servicios públicos de empleo (el viernes pasado aprobó reformas en esta dirección), después de años desatendidos, explicó el secretario general de la OCDE.
Aportó un dato: España gasta el 0,9% del PIB en estas políticas, cuando los países de la OCDE invierten 1,5 veces más. Como en otras ocasiones, la organización presidida por Gurría señaló que el crecimiento de España debe sostenerse en un modelo económico basado en el conocimiento. Solicitó una mayor apuesta por la innovación del sector privado. Para mejorar el clima empresarial, el secretario general de la OCDE pidió que se profundice en las segundas oportunidades a empresas en problemas, como está haciendo el Gobierno, y ligó la subida de los salarios a la mejora.
(Noticia extraída de ABC)

martes, 2 de septiembre de 2014

Cómo cobrar el paro siendo autónomo: el Gobierno relaja los requisitos de acceso



-  Más del 80% obtenía la negativa para recibir la prestación.
Ser autónomo y acceder a la prestación por cese de actividad –el equivalente a la prestación por desempleo de los asalariados– era poco más que imposible. Los trabajadores por cuenta propia cotizan para recibir esta ayuda si su negocio va mal desde noviembre de 2010, y pueden cobrarla desde ese mismo mes de 2011.

Sin embargo, hasta la fecha, de los 600.000 autónomos que cotizan por esta contingencia, tan solo el 1% ha solicitado la prestación, es decir unoz 6.000. Y de éstos, más del 80% recibieron un no por respuesta al no cumplir los requisitos y no pudieron cobrar la ayuda.

El Gobierno ha suavizado este verano las exigencias para el cobro de esta ayuda en la nueva Ley de Mutuas. De este modo se pretende reducir ese 80% de personas que solicitaban, sin suerte, el cese de actividad. Pero, ¿cuáles son las nuevas condiciones para que este requerimiento se aprobado?

El cese de actividad puede ser definitivo o temporal. Tendrá siempre un carácter voluntario y comprenderá medidas de formación y orientación profesional dedicada a la promoción de la actividad emprendedora de estos trabajadores. Las condiciones, en este sentido, son similares a las que se acoge cualquier otro empleado cuando se encuentra en paro.

La premisa fundamental para acceder al cobro de las prestaciones es la de hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Si no fuese así, el trabajador tendría 30 días naturales para abonar la cantidad adeudada con la Administración.

Si cumple este requisito previo, un autónomo tendrá la posibilidad de poner fin a su actividad y acceder la ayuda si su causa se corresponde a un catálogo indicado en la nueva Ley de Mutuas. La causa más común es entrar en pérdidas económicas. Hay que justificar que la merma económica es superior al 10% de los ingresos obtenidos en un año completo. No se aceptará si ese ejercicio es el del inicio de la actividad. Además, también es posible el cese de la actividad cuando hay ejecuciones judiciales derivadas del cobro de deudas que comporten al menos el 30% de los ingresos del año anterior, y cuando hay una declaración de concurso.

Por su parte, también se posibilitará el cese de la actividad y el posterior acceso a las prestaciones si el correcto funcionamiento de la actividad se ve alterado por fuerza mayor, violencia de género o por divorcio que previamente haya sido resuelto en un juzgado.

Cotizaciones variables


Asimismo, hay novedades respecto a la cotización a pagar para cobrar la ayuda. A partir de ahora la ley de Presupuestos Generales del Estado fijará cada año el tipo de cotización aplicable a la base (promedio de las bases por las que se cotizó en los últimos doce meses). El tipo no podrá ser inferior al 2,2% ni superar el 4%.

Desde las asociaciones de autónomos, esta nueva normativa se ve como un avance que mejorará cualitativamente las condiciones laborales de los autónomos. El presidente de ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos), Lorenzo Amor, apuntó que “cobrar el paro dejará de ser una odisea para los autónomos”. Sin embargo, Amor, no se pone límites en cuanto a los objetivos cumplidos y por cumplir. “Aún queda mucho camino por recorrer para los autónomos, y las organizaciones que los representan, ocupen el lugar que les corresponde, pero esto indudablemente supone un importante avance”, declaró.

Por su parte, Amor valoró el hecho de que los trabajadores por cuenta propia participen del control de las mutuas ya que “prácticamente todas nuestras prestaciones pasan por ellas y es bueno que colaboremos para su buen funcionamiento”.

Los 'trade' también estrenan requisitos


Para los trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (trades) –cuyos ingresos dependen en al menos un 75% de un solo pagador– también cambian las condiciones para acceder al cobro del paro. En España hay poco más de 15.000 registrados. No obstante, un autónomo que no esté registrado como Trade podrá acceder a este tipo de prestación si demuestra que por lo menos el 90% de sus ingresos provienen de un solo cliente.

Así, los trade o asimilados podrán justificar el cese de la actividad si la duración convenida del contrato con el cliente se finaliza; si hay un incumplimiento contractual grave; o debido a rescisión del contrato por parte del cliente tanto si la causa de la ruptura está justificada como si no.

Por último, la incapacidad, fallecimiento o jubilación del cliente, siempre que impida la continuación de la actividad profesional, es una reserva que también recoge la Ley de mutuas para que los trade cobren de la prestación por desempleo.

Para acreditar alguna de estas causas, estos trabajadores deberán realizar una declaración jurada en la que se consignará el motivo del cese y acompañada de los motivos que lo establecen.

En cualquier caso, también hay unas reservas por las que no se considerará legal el cese de la actividad. Entre estas están la interrupción o el cese voluntario del trabajo o se vuelve a contratar al mismo cliente una vez cesada la actividad y haber recibido la ayuda económica, a contar desde el momento en que se extinguió la prestación. En estos casos deberán reintegrar la prestación recibida.
(Noticia extraída de CINCO DÍAS)